El Decreto 70/2013, de 7 de junio, del Consell, por el que se ordenan diversas categorías de personal estatutario de la Agència Valenciana de Salut, procede a la creación de la categoría estatutaria de dietista-nutricionista. En el artículo 5 de dicho decreto 70/2013 se establece que el grupo profesional correspondiente para la categoría estatutaria de dietista-nutricionista será A2. Las funciones asignadas serán: desarrollan actividades orientadas a la alimentación de la persona o de grupos de personas adecuadas a las necesidades fisiológicas y, en su caso, patológicas de las mismas, y de acuerdo con los principios de prevención y salud pública, dentro del marco general previsto en el apartado 1 del artículo 7 de la Ley 4/2003, de 21 de noviembre, de Ordenación de las Profesiones Sanitarias, y del apartado 2.g) del mismo artículo.
Las retribuciones asignadas a la categoría estatutaria de dietista-nutricionista serán las establecidas en el Anexo de dicho decreto. Dichas retribuciones están basadas en un grupo A2 nivel 21. Con estas características de puesto, la retribución básica será de 958,98 euros y los complementos de destino y específico serán de 473,35 y 446,55 euros respectivamente. Mensualmente el dietista-nutricionista percibirá una retribución de 1.878,88 euros. Las dos pagas extras tendrán un importe unitario de 1.619,28 euros. En total la retribución anual establecida para 2013 era de 25.758,12 euros. Con las actualizaciones retributivas realizadas desde 2013 hasta la actualidad en 2022, la retribución anual de un dietista-nutricionista será de: 28.799,04 euros.